MEDIDA Nº 64
Atención primaria en 24 horas
Estableceremos el derecho a la atención por el personal de medicina de familia y de enfermería de atención primaria asignado en un plazo de 24 horas para las consultas ordinarias
Actualizado a 23 de Diciembre de 2008
El Sistema Sanitario Público Andaluz está ampliando los derechos y las prestaciones, y mejorando la accesibilidad a los servicios para dar respuesta a las nuevas demandas y expectativas de los ciudadanos.
Así, entre otras cuestiones, en nuestra Comunidad están garantizados plazos máximos de respuesta en intervenciones quirúrgicas, procesos asistenciales, primeras consultas de asistencia especializada y procedimientos diagnósticos, en los términos de la normativa vigente.
En concreto, las intervenciones quirúrgicas a las que se refiere el Decreto 209/2001, de 18 de septiembre deberán realizarse en un plazo no superior a 180 días, plazo reducido a 120 días en las que se precisen para la realización de los procedimientos quirúrgicos establecidos en la Orden de 20 de diciembre de 2006. Por su parte, en los procesos asistenciales a los que se refiere el Decreto 96/2004, de 9 de mayo, el plazo máximo de respuesta será de 30 o 60 días según los casos; en las primeras consultas especializadas, de 60 días, y en los procedimientos diagnósticos a los que se refiere dicho decreto, de 30 días.
Por otra parte, durante la pasada legislatura se dio un fuerte impulso a la Oficina Virtual del Sistema Sanitario Público de Andalucía, a través de la cual desde mayo de 2006 se puede, entre otras cuestiones, solicitar cita para el médico de atención primaria y el pediatra. A estos servicios se puede también acceder a través de Salud Responde –un servicio de información mediante teléfono y otros canales- y, desde mayo de 2007, mediante SMS. Hasta la fecha, se han realizado más de seis millones de citas por estos medios.
Uno de los objetivos prioritarios en esta legislatura es fortalecer la atención primaria: con la reforma de más de 400 centros y la apertura de casi 150 nuevos centros de salud y de consultorios; con el refuerzo de la capacidad diagnóstica en los centros de salud; y, entre otras cuestiones, asegurando al ciudadano el derecho al que se refiere esta medida.
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