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El pasado viernes, 26 de junio, el Boletín Oficial del Estado publicó una resolución de la Subsecretaría del Ministerio de la Presidencia por la que se regula el procedimiento para aplicar las deducciones que las farmacias deben realizar a la Administración por las recetas de funcionarios dispensadas (Muface, Mugeju e Isfas), conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 2130/2008. Esta contribución extraordinaria se inscribe en el contexto del Real Decreto 5/2000, que estableció aportaciones extraordinarias de las farmacias de acuerdo con su volumen de las recetas facturadas a la Seguridad Social. Y, de acuerdo con la resolución publicada el viernes, las nuevas contribuciones comenzarán a realizarse a partir de septiembre, aunque se establece un periodo de tres meses para valorar la experiencia de acuerdo con la realidad y establecer los ajustes pertinentes.Dado el interés de la resolución, la recogemos para conocimiento de nuestros lectores.
lunes, 29 de junio de 2009
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